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Derecho Laboral

Empresa y trabajador

La Constitución española en el artículo 35.1 establece que “todos los españoles tienen el deber de trabajar y el derecho al trabajo, a la libre elección de profesión u oficio, a la promoción a través del trabajo y a una remuneración suficiente para satisfacer sus necesidades y las de su familia, sin que en ningún caso pueda hacerse discriminación por razón de sexo”, y el artículo 37 señala que “1 – La ley garantizará el derecho a la negociación colectiva laboral entre los representantes de los trabajadores y empresarios, así como la fuerza vinculante de los convenios” y, “2 – Se reconoce el derecho de los trabajadores y empresarios a adoptar medidas de conflicto colectivo.”

Nuestra Carta Magna establece estos derechos y deberes como rectores de las relaciones laborales entre empresarios y trabajadores. Será pues nuestra labor para defender sus derechos proporcionar un marco idóneo para el diálogo, buscando soluciones alternativas al propio enfrentamiento entre las partes, acudiendo a los tribunales cuando no fuera posible el acuerdo.

Defenderemos sus intereses en: despidos improcedentes, nulos y disciplinarios; conciliaciones ante el CMAC y reclamaciones previas a la jurisdicción laboral; extinción del contrato de trabajo por causas objetivas, por voluntad del trabajador, mutuo acuerdo de las partes, por tiempo convenido, finalización de obra, dimisión del trabajador, fallecimiento o jubilación del empresario; infracciones y sanciones y régimen disciplinario laboral; inspección de trabajo, asistencia y asesoramiento; modificación sustancial en las condiciones de trabajo; relaciones laborales de carácter especial; seguridad e higiene en el trabajo; reclamaciones de cantidad, salarios, complementos, horas extras y clasificación profesional, vacaciones y descansos; conflictos colectivos; expedientes de regulación de empleo; accidentes laborales; y contratos de trabajo: indefinido, temporal, para la formación y aprendizaje, en prácticas, a tiempo parcial y a domicilio.

Si requiere un abogado nos puede contactar en el 952 05 88 00 / 633 324 333, o si le resulta más cómodo puede enviarnos un formulario de contacto para que le realicemos un presupuesto sin compromiso.

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Especialidades que cubrimos

Despidos improcedentes, nulos y disciplinarios
Conciliaciones ante el CMAC
Extinción del contrato de trabajo
Infracciones y sanciones
Inspección de trabajo
Modificación de condiciones
Relaciones laborales especiales
Seguridad e higiene
Reclamaciones de cantidad y salarios
Conflictos colectivos
Expedientes de regulación de empleo
Accidentes laborales
Contratos de trabajo

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