La Constitución española en el artículo 35.1 establece que “todos los españoles tienen el deber de trabajar y el derecho al trabajo, a la libre elección de profesión u oficio, a la promoción a través del trabajo y a una remuneración suficiente para satisfacer sus necesidades y las de su familia, sin que en ningún caso pueda hacerse discriminación por razón de sexo”, y el artículo 37 señala que “1 – La ley garantizará el derecho a la negociación colectiva laboral entre los representantes de los trabajadores y empresarios, así como la fuerza vinculante de los convenios” y, “2 – Se reconoce el derecho de los trabajadores y empresarios a adoptar medidas de conflicto colectivo.”
Nuestra Carta Magna establece estos derechos y deberes como rectores de las derelaciones laborales entre empresarios y trabajadores. Será pues nuestra labor paradefender sus derechos proporcionar un marco idóneo para el diálogo, buscando soluciones alternativas al propio enfrentamiento entre las partes, acudiendo a los tribunales cuando no fuera posible el acuerdo.
Defenderemos sus intereses en:
01.
Despidos
improcedentes, nulos y disciplinario.
02.
Conciliaciones
ante el CMAC y reclamaciones previas a la jurisdicciónlaboral.
03.
Extinción del contrato de trabajo
por causas objetivas, por voluntaddel trabajador, mutuo acuerdo de las partes, por tiempo convenido,fi nalización de obra, dimisión del trabajador, fallecimiento ojubilación del empresario.
04.
Infracciones y sanciones.
Régimen disciplinario laboral.
05.
Inspección de trabajo.
Asistencia y asesoramiento.
06.
Modificación sustancial en las condiciones de trabajo.
07.
Relaciones laborales
de carácter especial.
08.
Seguridad e higiene
en el trabajo.
09.
Reclamaciones de cantidad, salarios, complementos, horas extras y clasificación profesional. Vacaciones y descansos.
10.
Conflictos colectivos.
11.
Expedientes de regulación de empleo.
12.
Accidentes laborales.
13.
Contratos de trabajo. Indefinido, temporal, para la formación y aprendizaje, en prácticas, a tiempo parcial, a domicilio.
Si requiere un abogado nos puede contactar en el 952 05 88 00 / 633 324 333, o si le resultamás cómodo puede enviarnos un formulario de contacto para que le realicemos unpresupuesto sin compromiso.